Requisitos de Admisión

Requisitos de admisión y selección de los aspirantes (Ord. 707/2016. Capítulo 4. Art.14. y Art. 15)

Podrán inscribirse en esta carrera de posgrado los graduados de carreras universitarias dictadas en Universidades del país y del exterior que otorguen títulos reconocidos oficialmente de grado universitario de cuatro (4) años de duración como mínimo y de nivel superior no universitario de cuatro (4) años de duración como mínimo.

La Comisión de Posgrado de la Unidad Académica o Centro Regional correspondiente evaluará la solicitud de inscripción en primera instancia con la colaboración de la Dirección y del Comité Académico de la carrera. 

Se tomarán en cuenta los títulos superiores no universitarios considerados afines para ingresar a la carrera, se evaluarán los antecedentes del candidato y el currículum de la carrera cursada, pudiendo establecerse en algún caso la necesidad de un examen de evaluación y/o la necesidad de cursar unidades curriculares complementarias antes de ingresar a la carrera de posgrado.

En casos excepcionales, podrán ser postulantes sin título de grado o con título de nivel superior menor a cuatro ( 4) años quienes acrediten una formación profesional equivalente. Estos postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

a) Presentar nota de recomendación de la Comisión de Posgrado de la Unidad Académica o Centro Regional correspondiente. Sólo en caso de no existir Comisión de Posgrado, la nota de recomendación deberá ser expedida por la máxima autoridad de posgrado de la Unidad Académica o Centro Regional.

b) Tener un mínimo de cinco (5) años en actividades comprobables equivalentes a las de profesionales del área correspondiente.

c) Demostrar, mediante documentación probatoria, una "formación integral equivalente" a la de alguna de las carreras de grado que sean exigidas para el ingreso a la actividad de posgrado.

d) Acreditar su formación ante el Comité Académico de la Carrera, mediante la aprobación de un examen de evaluación o mediante entrevista de evaluación con la Dirección y el Comité Académico de la carrera. Cada carrera reglamentará, para todos los casos, cuál de estas dos formas de acreditación de la formación del aspirante adopta. En caso de no contar con título, el examen de evaluación será obligatorio.

En todos los casos, para determinar si el candidato es admitido como alumno de la carrera, se tomará en consideración tanto su formación académica como su trayectoria profesional y formativa no académica. 

Una vez cumplidos los requisitos anteriores, se remitirán todas las actuaciones para su evaluación en el Consejo de Posgrado de la UNCo. Este Consejo dictaminará si se da o no la admisión del postulante para su inscripción. 

Los informes correspondientes a las excepciones serán elevados para su consideración al Consejo de Posgrado de la Universidad Nacional del Comahue.

El Comité Académico evaluará caso por caso la pertinencia de la admisión de cada aspirante, a quien se le podrá solicitar un trabajo de elaboración personal o de la disciplina o de su didáctica, según corresponda, que deberá defender en un coloquio ante el Comité Académico ante los docentes que éste determine a tal efecto. También se considerará la posibilidad de ampliar la información de los postulantes mediante entrevistas personales. En caso de no ser admitido, el postulante podrá intentar nuevamente la admisión una única vez más.